Seguro fotográfico Caborian – Caser
24/05/2009 por David Hernández, (Dabo).
A continuación os ofrecemos un resumen de las coberturas, condiciones, maneras de contratación, dudas y todo lo necesario para contratar vuestro seguro fotográfico exclusivo para miembros de Caborian ,con una compañía del prestigio de Caser.
Coberturas:
1. Daños: Todo quebranto, detrimento o menoscabo del bien asegurado a consecuencia de un hecho ocasionado de forma súbita, accidental e imprevista, que inutilice el bien para su uso diario y cuya causa es ajena a la voluntad del asegurado y del usuario de dicho bien.
2. Robo y Expoliación: Sustracción o apoderamiento ilegítimo de los bienes asegurados contra la voluntad del usuario, mediante actos que impliquen fuerza en las cosas y/o en las personas.
*Exclusión de robo en vehículo.
_Bien asegurado: Cámaras fotográficas, así como todos aquellos accesorios a la cámara (objetivos, flashes….) que se consideran como tales.
*Exclusión de maletas, bolsos de transporte, etc…
_Límite indemnización: Se establecen dos límites de indemnización, de 2.500€ y de 5.500€. La posibilidad de hacer presupuestos a medida en caso de que se supere el valor máximo está en estudio.
En caso de robo o imposible reparación el 80% del valor de la compra, teniendo en cuenta además el límite total de indemnización.
En caso de reparación 80% del valor de la reparación, sin exceder el 80% del valor de la compra.
_Ámbito Territorial: Mundial, aunque con exclusión expresa de determinados países que se detallarán en las Condiciones Generales.
Modalidades:
Se establecen dos modalidades de contratación diferenciadas en el límite de indemnización, no en la suma del equipo asegurado.
* Modalidad 1: Límite de indemnización 2.500 € por siniestro o año. El precio de esta modalidad es de 132,63 € impuestos incluídos.
* Modalidad 2: Límite de indemnización 5.500 € por siniestro o año. El precio de esta modalidad es de 291,79 € impuestos incluídos.
Las primas de este seguro son anuales y domiciliadas en la cuenta del asegurado.
El asegurado puede elegir cualquiera de estas dos modalidades sea cual sea la suma del equipo a asegurar, siempre teniendo en cuenta que el límite máximo de indemnización es el contratado, es decir, podemos tener 5 cámaras y 20 objetivos por valor de 40.000€ asegurados en la modalidad 2, ya que por circunstancias de nuestro trabajo, es muy improbable que el siniestro le ocurra a todo mi material pero quiero tener la certeza de que en caso de caída o robo de cualquiera de los objetos asegurados estaré cubierto.
Contratación:
La contratación del seguro se hará a través de Diego Vieites (Copper) como mediador exclusivo autorizado por Caser.
Los datos necesarios para dicha contratación serán los números de serie, marca y modelo del objeto u objetos a asegurar, así como los datos personales (nombre, apellidos, dirección postal, teléfono de contacto y DNI) y los datos bancarios para la domiciliación del recibo.
Estos datos se me enviarán a mi personalmente bien por email, bien por teléfono.
Una vez dada de alta la póliza, se enviarán al cliente dos copias del contrato y un sobre franqueado para que devuelva a Caser una de las copias debidamente firmada y aceptada, momento en el cual la póliza quedará en vigor.
Este seguro es un contrato entre el cliente y Caser, Caborian se exime de toda responsabilidad.
Protocolos de actuación en caso de siniestro:
De forma general, el Asegurado deberá comunicar la prestación a Caser en el plazo máximo de 7 días laborables desde la fecha en que se produjo o se conoció la misma.
El procedimiento para su comunicación podrá ser cualquiera de los que se indican a continuación:
a) Mediante llamada a Caser en el nº 902 549 202.
b) Por fax marcando el nº 902 020 989
c) Mediante correo electrónico dirigido a BDECONSUMO@caser.es
El incumplimiento de la notificación en plazo podrá dar lugar a la pérdida de las garantías otorgadas en la póliza. Además, en caso de siniestro el Asegurado deberá cumplir con los procedimientos indicados a continuación.
El incumplimiento total o parcial de dichos procedimientos podrá dejar sin efecto las garantías cubiertas en póliza.
1. En caso de Daño material:
El Asegurado deberá reparar el equipo a través de los Servicios Técnicos autorizados por el fabricante.
Una vez haya sido reparado, el Asegurado deberá remitir a CASER, por cualquiera de los medios previstos, los siguientes documentos o información:
a) Nombre y Apellidos, NIF, dirección completa y teléfono.
b) Copia de la factura de reparación del equipo.
2. En caso de Robo:
El Asegurado deberá remitir a Caser:
a) Denuncia ante la autoridad local de Policía en la que figurará el bien asegurado dañado o robado con indicación de su valor.
b) Copia de la factura de compra del bien asegurado.
En ambos casos deberá facilitar una breve descripción escrita de cómo ocurrieron los hechos.
Igualmente deberá facilitar el Certificado de Seguro.
Si el equipo asegurado es recuperado antes de un plazo de 30 días, el Asegurado deberá recibirlo, pero si el equipo es recuperado transcurrido el plazo de 30 días desde su desaparición, el Asegurado podrá retener la indemnización percibida abandonando al Asegurador la propiedad del equipo, o readquirirlo, restituyendo en este caso, la indemnización percibida.
Indemnización de prestaciones:
Caser una vez revisada toda la documentación, procederá a indemnizar al asegurado.
CONDICIONES TÉCNICAS
1. OBJETO DEL SEGURO El equipo fotográfico propiedad del asegurado, el cual puede estar compuesto de cámara digital, objetivo, flash y trípode.
2. COLECTIVO ASEGURABLE
Tendrán la consideración de colectivo asegurable todas aquellas personas pertenecientes a la asociación de fotografía Caborian.
3. PRESTACIONES ASEGURADAS
3.1 PARA LA COBERTURA DE DAÑO MATERIAL
El reembolso de la factura de reparación del bien asegurado de acuerdo con los límites de indemnización.
3.2 PARA LA COBERTURA DE ROBO Y ATRACO
La indemnización del coste del bien asegurado, de acuerdo con los límites de indemnización.
4. PERIODO DE COBERTURA
La cobertura es de un año desde el momento de contratación.
Una vez transcurrido el periodo de cobertura, se entenderá prorrogado por un año más y así sucesivamente.
No obstante las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con dos meses de anticipación a la conclusión del período en curso.
5. LÍMITE DE INDEMNIZACION
En caso de Robo o imposible reparación, el límite será el 80% del valor de compra del bien asegurado, siempre según factura de compra o albarán del mismo.
En caso de Daño accidental, el límite será el 80% de la factura de reparación, sin exceder el 80% del valor de la compra.
En ambos supuestos nunca se superarán los 2.500 ó 5.500 € de indemnización, según la modalidad elegida. (mención aparte los presupuestos personalizados de cantidades mayores en el momento que sea posible hacerlos)
6. MODALIDAD DE SUSCRIPCION
Opcional
CONDICIONES GENERALES
http://www.caborian.com/seguro/ccgg.pdf
(Para dudas y otras cuestiones podéis plantearlas en este hilo del foro de charlas, sólo visible para usuarios registrados)




