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Vender, facturar y cobrar fotografias

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Carlos Princep:
Hola caborians,

No se si en este foro, se ha habalado del tema de que hacer cuando una agencia te pide unas fotografias y quieren facturita con iva.
He visto este post:
http://www.caborian.com/foro/viewtopic.php?t=11805&postdays=0&postorder=asc&highlight=declarar&start=0
pero no termina de aclara el tema o yo me pierdo.

Para entendermos mejor y supongo poder ayudar a mas gente voy a poner aqui un hipotetico caso, como si fuera un problema matematico, haber si con vuestra sabiduria caborian, creamos un mini tutorial de que tenemos que hacer para vender unas fotos i facturarlas, desgraciadamente legalmente.

Vamos con el problema "matematico financiero"

Un fotografo aficionado, con muchisimo tiempo de experiencia, pero con un trabajo muy estable que no quiere dejar para dedicarse profesionalmente a la fotografia, un dia le llaman a la puerta de su casa y le dicen que han visto unas fotos suyas muy buenas en la web de caborian i estarian interesados en ver su archivo fotografico porque necesitan unas fotos. Al final desean quedarse 15 fotos y el fotografo las quiere vender o ceder los derechos para determinada situacion al precio de 60 € (netos) por cada foto.

Resumiendo:

15 fotos a 60 € cada una = 900 € que quiere cobrar netos el Fotografo.

¿Como deberia facturar estos 900 € para que le quedaran netos (IVA, IRPF...)?

¿Que pasos legales tendra que realizar con Acienda antes i despues de facturar esasa fotos?

¿Hay algun otro paso a seguir i tener en cuenta?

Gracias por vuestras respuestas, supongo que esto puede resolver las dudas a mas de uno.

Un saludo.

Carpio:
Bueno pues después de escribir Hacienda con "h" :P yo creo, el caso se podría resolver emitiendo ELLOS un factura "pro-forma" (creo que es el nombre técnico) en tu beneficio en la cual facturan 15 fotos a 69 euros un 15% más que sería el IRPF que pagan ELLOS a hacienda. Y luego ese IRPF se lo devuelven a ellos en la declaración o algo así pero no se ya que yo no he hecho nunca esa factura obviamente.

Por otro lado, tú no tienes un número fiscal propio con lo cual no declararías nada, ya que ellos lo habrían hecho y en caso de darte de alta sí que deberías de declararlo y pagar el IVA. Del mismo modo en un ejercicio fiscal no puedes facturar más de 3000 euros de esta manera, deberías de darte de alta.

Moraleja: habla con ellos para hacer una factura de este tipo y no deberías de tener problemas. De todos modos exponles la situación y que te den una solución, ellos no tienen que extrañarse de tus circustancias y nadie te asesorará mejor ya que también depende de lo que estén dispuestos ellos a hacer.


Un saludo

Carpio:
Enfocando la cuestión desde el otro punto.

la forma de hacerlo exacta sería darse de alta en autónomos y pagar autónomos para tener un número fiscal con el que emitir facturas, y cobrar el IVA, hacer una factura en la que se desglosase el IVA y cobrarla. Después pagar el IVA generado en el trimestre a Hacienda.

Pero claro para eso hay que tener un flujo de trabajo y demás.

También puedes pillar a algún colega enrollao y facturarlo a traves de él. Los costes siempre serán menores que dandote tú de alta aunque facturarías a su nombre (y bueno... es ilegal y tal, aunque por una vez y en esas cantidades...)

Guiri:
Para un "trabajo" no es necesario darse de alta en licencia fiscal alguna, con lo cual el "fotógrafo aficionado" factuaría al comprador de las fotos por un importe total bruto tal que reducido el 15% de IRPF resultasen los 900 euros netos que deseaba.

No obstante recuerde ese fotógrafo aficionado que cuando en mayo del año siguiente se abra la nueva veda fiscal del IRPF sobre el ejercicio precedente lo deberá sumar a sus otros ingresos, el bruto como tal y las retenciones practicadas. Pues cualquier otro procedimiendto distinto de lo anterior es irregular e ilegal.


Y por cierto, la esta consulta fiscal no te resultará gratis, son un par de cervezas

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abrazos

Roberto Anguita:
Te diré lo que hacemos nosotros, Naturmedia Fotos SL, que es mi agencia. Cuando utilizamos fotos de un colaborador que no está dado de alta en autónomos, ni en el IAE, ni es una sociedad, éste nos debe hacer una factura de colaboración. En tu caso, a esos 900 € habría que retenerle un 15% de IRPF, que nosotros ingresamos en hacienda. Esto es perfectamente legal por las dos partes, siempre y cuando no superes una cantidad, que yo ahora mismo desconozco. Te dicen, y es cierto, que el próximo año tendrás dos pagadores y estarás obligado a presentar la declaración de IRPF, aunque por las cantidades que has percibido no te correspondiera.
Espero haberte ayudado.
Saludos

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